Ensenada 194 floresta - dos ambientes - alquiler - muy luminoso
Ubicado en floresta, en barrio de edificaciones bajas, encontramos este hermoso y muy luminoso departamento de dos ambientes al frente, con un dormitorio con dos placards: uno embutido y uno externo de grandes dimensiones y muy practicas divisiones, ideal para guardar de todo.
Cocina con pasaplatos, living comedor y baño completo.-
Posee su dormotorio, su living comedor y la cocina hacia el frente lo que le da gran luminosidad y ventilacion.-
Tiene ventiladores de techo en living y dormitorio, agua caliente por termotanque electrico.
Cocina con artefacto de cocina a gas. Cuenta con espacio y conexionado para un lavarropas de carga frontal.-
El departamento esta ubicado en un primer piso y se accede por escalera amplia y luminosa de muy comoda pendiente con descanso.-
Superficies según titulo: cubierta y total: 42,84 mts2.-
Antigüedad: 67 años.-
A.B.L. Departamento: $ 13.776 (oct. 2026 - incluye contribución territorial).-
Expensas departamento: $80.714 (sept. 2026).-
Servicio de agua (aysa): $23.000 (sept. 2026).-
Transporte: muy buena oferta de transporte público.-
Colectivos cercanos: 1, 2, 4, 5, 7, 8, 36, 49, 55, 63, 85, 86, 88, 92, 96, 104, 113, 114, 126, 136, 163, 180.-
Tren:
linea sarmiento: estación floresta
accesibilidad: muy buena accesibilidad desde avenidas rivadavia, mariano acosta, san pedrito y juan b. Alberdi.- Variada oferta de comercios en las avenidas citadas.-
Espacios verdes: plaza velez sarsfield – plaza cnel. Ramon l. Falcon.-
Requisitos para locatario:
acreditar ingresos suficientes y 12 meses de antigüedad en el empleo.-
Fianza comercial .-
1 mes de depósito.-
1 mes por adelantado.-
A cargo del locatario: gastos por las siguientes averiguaciones: informes inmobiliarios sobre fiador (si correspondiese) / informes crediticios sobre fiador y locatario y certificación de firma de contrato.-
A cargo del locador: gastos de gestión y honorarios.-
Contrato:
plazo: veinticuatro meses.-
Alquiler inicial: $650.000.-
Actualización: trimestral por indice de contratos de locacion (i.C.L.) Del banco central de la república argentina.-
A.B.L. Y contribución territorial a cargo de locatario.-
Servicios: luz – gas – agua – y otros a cargo del locatario.-
Aviso legal: las condiciones contractuales ofrecidas en esta publicacion estan sujetas al mantenimiento de la vigencia del decreto p.E.N. 70/23.- Si dicho decreto llegare a ser derogado o rechazado por el congreso nacional la presente publicacion quedara sin efecto y podra ser modificada sin aviso previo.- La inmobiliaria únicamente interviene en la comercialización del presente inmueble.- No asume obligación alguna con relación a la gestión de la cobranza del alquiler o a su desenvolvimiento, el cual se realizará directamente entre las partes una vez suscripto el correspondiente contrato de locación.- Asimismo, la registración del mismo por ante a.R.C.A. (Si correspondiese) y, en su caso, la expedición de la factura correspondiente estará a cargo de las partes correspondientes, no asumiendo la inmobiliaria, ninguna obligación al respecto.- El interesado deberá realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales las copias necesarias de la documentación que corresponda. Se deja constancia que las características, medidas y superficies indicadas en la presente, son meramente orientativas y pueden cambiar sin previo aviso.- Las características, medidas y superficies definitivas surgirán del título de propiedad y/o del reglamento de propiedad horizontal y/o del plano m.H. Correspondientes, así como de toda aquella documentación, que pudiere corresponder.- El monto de expensas publicados, está sujeto a variación, conforme la liquidación que mensualmente realiza la administración del consorcio.- Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los locatarios que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.- Inmueble no apto para personas con movilidad reducida.-