USD 425.000
Monseñor Calcagno al 900
Terreno en Venta en Countries y Barrios Cerrados en San Isidro, San Isidro
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739 m² Total
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21 mts Frente
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37 mts Fondo
Terrenos / Lotes En Barrio Exclusivo Cassia en San Isidro! en Pleno corazón del Barrio Santa Rita!
Cassia es un barrio único, en el corazón de santa rita, compuesto por 3 lotes con excelente orientación, amplias superficies (entre 682m2 y 802m2) y una inmejorable ubicación. Rodeado por una frondosa arboleda, en un lindo barrio tranquilo y familiar de san isidro, cassia se encuentra cerca de los principales accesos, colegios y clubes.
Seguridad:
garita con todas las instalaciones necesarias para contratar personal de vigilancia, o un sistema de seguridad digital.
Lotes disponibles:
lote 1: 682m2 usd 410.000
lote 2: 739 m2 usd 425.000
lote 3: 802 vendido!
Alternativas de pago:
1) pago al contado:
reserva de usd10.000, a los 30 dias aproximadamente se firma el boleto de compra venta con un anticipo del 20% del valor + gastos inmobiliarios y el resto contra entrega de posesión en junio de 2026.
2) financiación:
reserva de usd10.000, a los 30 días aproximadamente se firma el boleto de compra venta con un anticipo del 50% + gastos inmobiliarios, y el saldo restante, (50%) en 12 cuotas mensuales en usd.
Corredor interviniente caba y pba : sebastián gonzales chaves cucicba 7716 - cmcpsi 6876
la tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley caba 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red keller williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria.
Locaciones caba - cucicba
para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión
ley 5859 art. 4:
para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.