Departamento - 92m2 tot- 1 ambiente - 1 cochera
Square 39
ubicado en una zona privilegiada por su rapido acceso a panamericana, este moderno complejo ofrece una excelente oportunidad para quienes buscan un hogar cómodo, moderno y bien ubicado.
El departamento cuenta con un ambiente muy amplio, 1 baño completo, balcón, terraza cubierta con doble acceso y un espacio de estacionamiento propio. Su orientación garantiza abundante luz natural durante todo el día , ideal para disfrutar de su balcón y terraza cubierta privada. Con una superficie cubierta de 40 m2, balcon y una terraza techada con parrilla de 36 m2, el espacio está optimizado para el confort. Y el disfrute.
La propiedad tiene vista a los jardines del complejo y pileta brindando un entorno privado, super natural y atractivo, entre sus amenities se incluyen pileta, solarium, gimnasio, sala de reuniones y terraza de uso común entre otras. Tiene seguridad las 24 horas, así como accesibilidad para personas con movilidad reducida, asegurando un entorno seguro y accesible para todos los residentes.
Esta propiedad es perfecta para quienes valoran la tranquilidad, el confort y la cercanía a los comercios.
Corredor interviniente caba y pba : sebastián gonzales chaves cucicba 7716 - cmcpsi 6876
la tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley caba 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red keller williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria.
Locaciones caba - cucicba
para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión
ley 5859 art. 4:
para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.